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Menor y Familia

 

¿Qué es la Subdirección de Menor y Familia?

Es la subdirección a través de la cual la Personería Municipal atiende los mandatos constitucionales y de ley, como garante de los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y los Adolescentes, la Familia y el Adulto mayor, nuestro actuar esta direccionado por la Constitución, la Ley y los acuerdos internacionales que rigen en materia de derechos. Está integrada por profesionales en el Derecho y las Ciencias Humanas.

¿Cómo actúa la subdirección de Menor y Familia en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?

Ley 1098 de 2006 – Código de la Infancia y la Adolescencia

Esta ley establece que entre la Familia, la Sociedad y el Estado, se deben integrar esfuerzos y acciones que permitan garantizar el ejercicio de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

La Personería Municipal, como entidad del Ministerio Público, a través de la Subdirección de Menor y Familia, tiene a su cargo, además de las señaladas en la Constitución Política y en la ley, las siguientes funciones:

  • Promover, divulgar, proteger y defender los Derechos Humanos de la Infancia en las instituciones públicas y privadas con énfasis en el carácter prevalente de sus derechos, de su interés superior y sus mecanismos de protección frente a amenazas y vulneraciones.

  • Promover el conocimiento y la formación de los niños, niñas y los adolescentes para el ejercicio responsable de sus derechos.

  • Tramitar de oficio o por solicitud de cualquier persona, las peticiones y quejas relacionadas con amenazas o vulneraciones de derechos de los niños, niñas y los adolescentes y su contexto familiar, y abogar en forma oportuna, inmediata e informal, porque la solución sea eficaz y tenga en cuenta su interés superior y la prevalencia de los derechos.

  • Hacer las observaciones y recomendaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o vulneración de los derechos humanos de los niños, niñas y los adolescentes.

  • Inspeccionar, vigilar y controlar a los alcaldes para que dispongan en sus planes de desarrollo, el presupuesto que garantice los derechos y los programas de atención especializada para su restablecimiento.

 

Ley 1620 de 2013 – Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Esta Ley se define con el objeto de contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación – Ley 115 de 1994 -. El Sistema debe promover y fortalecer la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativo de preescolar, básica y media y prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.

La Personería Municipal, como entidad del Ministerio Público, a través de la Subdirección de Menor y Familia, como responsable de la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas, le corresponde:

  • Atender aquellos casos que no hayan podido ser resueltos por el Comité Escolar de Convivencia.
  • Orientar a instruir a los habitantes de la respectiva jurisdicción en el ejercicio de sus derechos y referir a la autoridad competente, según el caso.
  • Realizar seguimiento y reportar al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, los casos que le sean remitidos, atendiendo a los protocolos que se establezcan en la Ruta de Atención Integral y de conformidad con la reglamentación que para tal fin se expida.

Protocolos-Rutas-de-Atención-para-menores

Rutas de atención | Descarga el PDF

 

¿Cómo actúa la subdirección de Menor y Familia en garantía de los derechos de las y los Jóvenes?

El 29 de Abril de 2013, se expidió en Colombia la Ley 1622 DE 2013,  "Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones". Esta Ley entregó facultades al Ministerio Público, entre las que se encuentran:

  • Generar un mecanismo de seguimiento a los entes territoriales e instituciones del orden nacional para el cumplimiento de lo establecido en la ley y todas aquellas que afecten a los y las jóvenes, conceptuando sobre su aplicabilidad y haciendo seguimiento a su implementación en los casos establecidos.
  • Ser convocado cada año por las dependencias encargadas de la Coordinación de Juventud en el Municipio y participar de las audiencias públicas de rendición de cuentas.
  • Registrar la Plataforma Municipal de Juventud de acuerdo a formulario elaborado para tal fin por la entidad.
  • Hacer el acompañamiento y seguimiento al cumplimiento de las acciones contempladas en las agendas de las juventudes del municipio.

En cumplimiento de esta ley, la Personería Municipal expidió la Resolución # 114 del 07 de Abril de 2017,“Por medio del cual se reconoce la inscripción en el registro público de la Plataforma municipal de juventud”.

Descargar: Resolución 114 del 07 de Abril de 2017 [PDF]

¿Cómo actúa la subdirección de Menor y Familia en garantía de los derechos de la familia?

Como garantes de los Derechos Humanos y de la calidad de vida de las familias, la Subdirección de Menor y Familia, actúa ante la vulneración o amenaza de los derechos de todos sus integrantes. Los derechos a garantizar y proteger, así como las situaciones en las que se brinda acompañamiento son:

· Atención a quejas y peticiones presentadas por la comunidad ante entidades públicas y privadas.

· Actuaciones y acompañamiento ante entidades de Salud Públicas y Privadas a fin de garantizar el derecho y acceso a la Salud con calidad y oportunidad.

· Actuaciones y acompañamiento ante Comisarías de Familia, Centros Zonales y entidades oficiales y privadas, responsables de la garantía, protección y restitución del derecho de las Familias y sus integrantes.

· Acompañamiento a audiencias por violencia familiar, fijación y regulación de cuota alimentaria, siempre que sea solicitada la presencia de la Personería por las Comisarias de Familia.

· Acompañamiento y seguimiento a Historias de Atención en Defensorías de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

· Seguimiento y evaluación a las acciones de la Administración Municipal, enfocadas a la garantía, protección y restitución de los derechos de las Familias y sus integrantes.

 

¿Cómo actúa la subdirección de Menor y Familia en garantía de los derechos del Adulto Mayor?

Como garantes de los Derechos Humanos y de la protección del Adulto Mayor, como una de las poblaciones con alta vulnerabilidad, la Subdirección de Menor y Familia, actúa ante la vulneración o amenaza de los derechos de todos sus integrantes. Los derechos a garantizar y proteger son:

  • Atención a quejas y peticiones presentadas por la comunidad ante entidades públicas y privadas.
  • Actuaciones y acompañamiento ante entidades de Salud Públicas y Privadas a fin de garantizar el derecho y acceso a la Salud con calidad y oportunidad.
  • Actuaciones y acompañamiento ante Comisarías de Familia, Centros Zonales y entidades oficiales y privadas, responsables de la garantía, protección y restitución del derecho de las Familias y sus integrantes.
  • Acompañamiento a audiencias por violencia familiar, fijación y regulación de cuota alimentaria, siempre que sea solicitada la presencia de la Personería por las Comisarias de Familia.
  • Acompañamiento y seguimiento a Historias de Atención en Defensorías de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Seguimiento y evaluaciones de las acciones de la Administración Municipal, enfocadas a la garantía, protección y restitución de los derechos de los Adultos Mayores.

¿Qué trabajo de promoción y prevención de los derechos humanos de niños, niñas, adolescentes, la familia y los adultos mayores desarrolla la subdirección de Menor y Familia?

La Subdirección de Menor y Familia desarrolla actividades de Orientación e Instrucción a la comunidad, entidades privadas y públicas, en las que se garantiza el conocimiento de los Derechos de los Niños, Niñas, Adolescentes, la Familia y los Adultos Mayores. Con metodologías dinámicas, los participantes reflexionan y clarifican sus deberes y responsabilidades en la protección y la prevención en situación que puedan vulnerar los derechos humanos.

Estas actividades son desarrolladas por Personeros Delegados especializados y a través de Convenios con Universidades, Entidades Oficiales y Ong's.

¿Cuáles son los Temas de Orientación e Instrucción?

  • Derechos Humanos.
  • Derechos de los Niños y Niñas.
  • Ley Infancia y Adolescencia.
  • Ley del Adulto Mayor.
  • Debido Proceso Disciplinario en Instituciones Educativas.
  • Ley de Convivencia Escolar.
  • Personero Estudiantil. Funciones y responsabilidades.
  • Gobierno Escolar.
  • Conformación e Implementación de Comités y Grupos de Mediación Escolar.
  • Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
  • Violencia Escolar.
  • Detección y Prevención del Acoso Escolar en Instituciones Educativas.

¿Cómo solicitar las orientaciones e instrucciones ante la subdirección de Menor y Familia?

Para recibir orientación e instrucción en temas de Derechos Humanos de Niños, Niñas, Adolescentes, la Familia y Adulto Mayor, usted puede hacerlo de diferentes formas, especificando el tema en el que requiere nuestro apoyo:

  • Petición escrita a la Subdirección de Menor y Familia.
  • Petición a través de la página Web de la Personería Municipal.
  • Solicitud a través de las redes sociales Facebook o Twitter.
  • Comunicarse a los teléfonos 6617999 Extensión 139 ó al celular 3183355689
  • Correo electrónico: ehernandez@personeriacali.gov.co

¿Cómo acceder a los servicios de la Subdirección de Menor y Familia?

Ante la vulneración o amenaza de los Derechos de los Niños, Niñas y lo Adolescentes, consagrados en la Constitución, la ley y los tratados internacionales en materia, la comunidad puede acceder a nuestros servicios de diferentes formas:

Atención Personalizada

  • Subdirección de Menor y Familia: Se encuentra localizada en el CAM, Torre Alcaldía, piso 13, Personería Municipal. El horario de atención al público es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
  • Centro para la Transparencia: Ubicado en el Primer piso del Centro Administrativo Municipal – CAM - La Personería Municipal cuenta con funcionarios calificados, los cuales recibirán en forma inmediata sus quejas y requerimientos, mediante mecanismos como la atención, acompañamiento y asesoría, le ayudaran y orientaran en la búsqueda de soluciones.
  • Peticiones Escritas: A través de la Ventanilla Única, ubicada en el Centro para la Transparencia, primer piso del Centro Administrativo Municipal – CAM -, usted podrá radicar sus quejas y peticiones.

 

Atención Interactiva

Para agilizar y facilitar su contacto con la Subdirección de Familia, usted puede realizar sus quejas y peticiones a través de los siguientes medios:

 

Funcionario Encargado:

Edwar E. Hernández
Personero delegado
CAM Torre Alcaldía Piso 13
Tel: 6617999 Ext. 139
Celular institucional: 318 335 5689
ehernandez@personeriacali.gov.co